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Acto de constitución  

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NÚMERO MIL OCHOCIENTOS ONCE.

EN OVIEDO, a veinticuatro de septiembre de mil novecientos ochenta.

Ante mí, JOSÉ ANTONIO CAICOYA CORES, Notario por oposición del Ilustre Colegio Notarial de Oviedo, con residencia en esta ciudad.

COMPARECEN

  • DON ADOLFO BARTHE AZA, casado, médico y vecino de Oviedo.
  • DON JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ CUEVAS, casado y vecino de Oviedo.
  • DON JOSÉ MARÍA MUÑOZ MARTÍNEZ-PLANAS, casado, catedrático y vecino de Oviedo.
  • EXCMO. SR. D. IGNACIO HERRERO GARRALDA, Marqués de Aledo, casado, banquero y vecino de Madrid.
  • DON ROMÁN SUÁREZ BLANCO, casado, abogado y vecino de Luarca.
  • DON PLÁCIDO ARANGO ARIAS, casado, industrial y vecino de Madrid.
  • DON PEDRO MASAVEU PETERSON, soltero, abogado y vecino de Oviedo.
  • EL MAGNÍFICO Y EXCMO. SR. D. TEODORO LÓPEZ-CUESTA EGOCHEAGA, Rector de la Universidad de Oviedo, exento de acreditar sus circunstancias personales, por razón del cargo oficial de su intervención.
  • EXCMO. SR. D. RAFAEL LUIS FERNÁNDEZ ÁLVAREZ, Presidente del Consejo Regional de Asturias, exento de acreditar sus circunstancias personales, por razón del cargo oficial de su intervención.
  • ILMO. SR. D. AGUSTÍN JOSÉ ANTUÑA ALONSO, Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Oviedo, exceptuado de acreditar sus circunstancias personales, por razón del cargo oficial de su intervención.
  • EXCMO. SR. D. JOSÉ RAMÓN ÁLVAREZ RENDUELES, casado, catedrático y vecino de Madrid.
  • EXCMO. SR. D. EMILIO ALARCOS LLORACH, casado, catedrático y miembros de la Real Academia de la Lengua, y vecino de Oviedo.
  • EXCMO. SR. D. JOSÉ LÓPEZ-MUÑIZ GONZÁLEZ-MADROÑO, casado, abogado del Estado y vecino de Madrid.
  • DON JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ ÁLVAREZ, casado, catedrático y vecino de Oviedo.
  • DON GRACIANO GARCÍA GARCÍA, casado, periodista y vecino de Oviedo.
  • DON JUAN CUETO ALAS, casado, escritor y vecino de Gijón.
  • Y DON SANTIAGO RUBIO SAÑUDO, casado, editor y vecino de Oviedo.

Todos son mayores de edad, de nacionalidad española, excepto D. Plácido, que es de nacionalidad mexicana.

INTERVENCIÓN

Los tres primeros, lo hacen en nombre y representación de la Caja de Ahorros de Asturias, Entidad Benéfico Social, con Código de Identificación Fiscal G-33.001884, domiciliada en Oviedo, Plaza del Generalísimo, 2, que goza de protectorado del Estado, a través del Ministerio de Economía, y resultante de la fusión en 1945, del Monte de Piedad y Caja de Ahorros Provincial de Oviedo y la Caja de Ahorros y Monte de Piedad Municipal de Gijón, e inscrita con el número 114 del Registro Especial para las Cajas de Ahorros Populares, por Orden Ministerial de 28 de mayo de 1946, regulada por los Estatutos aprobados por acuerdo del Ministerio de Economía de fecha 17 de enero de 1978, todo lo cual según aseguran.

El Excmo. Sr. D. Ignacio Herrero, lo hace en nombre y representación, según asegura, de la Entidad Mercantil de forma anónima denominada “BANCO HERRERO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CRÉDITO”, domiciliada en esta ciudad, Fruela nº 11, constituida por tiempo indefinido en escritura autorizada por el Notario que fue de esta ciudad, D. Cipriano Álvarez Pedrosa y Fanjul, con fecha 16 de agosto de 1911, habiendo sido adaptados sus Estatutos a la vigente Ley de Sociedades Anónimas, en escritura autorizada por el Notario que fue de Oviedo, D. Enrique de Linares y López-Dóriga, el día 14 de marzo de 1953, modificado por otras e inscrita en el Registro Mercantil de Oviedo, al tomo 192, Libro 106, de la Sección 3ª, folio 97, hoja nº 230, triplicado.

D. Román Suárez Blanco, lo hace en nombre y representación de la Caja Rural Provincial de Asturias, como Presidente del Consejo Rector de la misma, todo lo cual según manifiesta, domiciliada dicha Entidad, en esta ciudad y constituida inicialmente en Acta Privada el día 6 de noviembre de 1963, habiendo sido adaptados sus Estatutos por la Sección de Cooperativa de la Dirección de Promoción Social del Ministerio de Trabajo, el día 14 de marzo de 1963, modificados dichos Estatutos posteriormente por la Junta General de dicha Entidad el día 2 de abril de 1965, habiendo sido aprobada tal modificación por el Ministerio de Trabajo con fecha 28 de mayo de 1965 y habiendo sido inscrita en el Registro Especial de Cooperativas de dicho Ministerio, con el nº 10.345. Su número de Identificación Fiscal es el: 33-00733.

Don Plácido Arango Arias, lo hace en nombre y representación de la Sociedad “SIGLA, S.A.”, según asegura, domiciliada en Madrid y constituida por tiempo indefinido en escritura autorizada por el Notario de Madrid D. Mario Armero Delgado, el día 13 de febrero de 1973 y modificada por otras varias, siendo la última la autorizada por el Notario de Madrid, D. José Luis Álvarez Álvarez, el día 20 de febrero de 1980.

Que para contribuir al estrechamiento de los vínculos entre S.A.R. el Príncipe de Asturias, heredero de la Corona, y el Principado de Asturias, se crea la Fundación “PRINCIPADO DE ASTURIAS”, con el fin primordial de revitalizar la vida científica, técnica y cultural de esta Región, estableciendo los premios “Príncipe de Asturias”, a los que podrán acceder personas o instituciones de la comunidad de países de habla española, teniendo en cuenta la vocación americana demostrada a lo largo de la historia por la activa presencia de miles de hijos de la Región en aquellas naciones.

Expuesto lo que antecede, los siete primeros señores comparecientes, en la representación que respectivamente ostenta.

OTORGAN

  • PRIMERO. – Los siete primeros comparecientes, en las representaciones que respectivamente ostenta, constituyen la Fundación Benéfico Docente de promoción y de carácter privado, con la doble finalidad pública, Cultural y Docente, denominada “FUNDACIÓN PRINCIPADO DE ASTURIAS”, de nacionalidad española, domiciliada en esta ciudad, Plaza de la Escandalera nº 2 y que se regirá por la Legislación especial sobre la materia , y por los Estatutos que los mencionados otorgantes me entregan para su protocolización, extendidos en siete folios de la clase octava números: 1C5478741; 1C5478688; 1C5478742; 1C5478690; 1C5478691; 1C5478692; 1C5478693, los cuales dejo unidos a esta matriz para formar parte de ella. El último pliego aparece firmado por los Fundadores procediendo yo, el Notario, a legitimar sus firmas por serme conocidas.
  • SEGUNDO. – La dotación inicial, que los fundadores manifiestan haber desembolsado antes de esta acto, en dinero en efectivo, es la cantidad de ONCE MILONES DE PESETAS, siendo intención de todos los comparecientes al presente acto elevarla hasta la cifra de QUINIENTOS MILLONES DE PESETAS en el plazo de dos años, comprometiéndose a realizar los máximos esfuerzos para la consecución de tal fin.
  • TERCERO. – Propuesta a su Majestad el Rey de España la presidencia de Honor de la Fundación para S.A.R. el Príncipe de Asturias y aceptada la misma en virtud de comunicación del Jefe de la Casa de su Majestad el Rey, procedo a protocolizar el documento que refleja dicha aceptación y en su virtud queda nombrado Presidente de Honor de la Fundación S.A.R. el Príncipe de Asturias, Don Felipe de Borbón y Grecia y, sucesivamente, cuantos herederos de la Corona Española le sucedan en la mencionada dignidad.
  • CUATRO. – Serán primeros miembros del Patronato de la Fundación los señores y Entidades que a continuación se relacionan, divididos en tres categorías con expresión de los méritos que les hacen dignos acreedores de este nombramiento:
    • A) Por su relevancia institucional y representatividad de la región Asturiana: Universidad de Oviedo, Excmo. Consejo Regional de Asturias y Excma. Diputación Provincial de Oviedo.
    • B) – Por su dedicación y esfuerzos personales para el logro de la Constitución de la presente Fundación, los componentes del que hasta la fecha fue Consejo Promotor de la misma, es decir: Excmo. Sr. D. José Ramón Álvarez Rendueles; Excmo. Sr. D. Emilio Alarcos Llorach; Excmo. Sr. D. José López-Muñiz González-Madroño; D. José Antonio Martínez Álvarez; D. Graciano García García; D. Juan Cueto Alas; y D. Santiago Rubio Sañudo.
    • C) – Por la aportación realizada, que provee inicialmente a la Fundación de su indispensable dotación económica: La Caja de Ahorros de Asturias, Caja Rural Provincial de Asturias, Banco Herrero, Banca Masaveu y “Sigla, S.A.”.
  • QUINTO. – Hallándose presentes las personas designadas en la cláusula anterior, estándolo por medio de sus representantes legales los Organismos Corporativos y las Entidades aportantes, - aceptan – dicho nombramiento, comprometiéndose a cumplirlo con la máxima dedicación y desinterés y declarando bajo su responsabilidad no hallarse comprendidos en causa alguna de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos.
  • SEXTO. – Los ONCE MILLONES DE PESETAS a que se alude como capital fundacional en la cláusula segunda del presente otorgamiento son aportados por las Entidades fundadoras en la siguiente proporción:
    • CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS: DOS MILONES DE PESETAS.
    • CAJA RURAL PROVINCIAL DE ASTURIAS: DOS MILLONES.
    • BANCO HERRERO: DOS MILONES DE PESETAS.
    • BANCA MASAVEU: DOS MILONES DE PESETAS.
    • “SIGLA, S.A.”: TRES MILLONES DE PESETAS.
  • SÉPTIMO. – Los firmantes de la carta fundacional creadores de la FUNDACIÓN, solicitan del Sr. Liquidador del Impuesto la exención prevista para este acto en el artículo 37-I, apartado A-letra b), de la Ley 32/1.980 de 2 de junio del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  • OCTAVO. – Se faculta expresamente a D. Adolfo Barthe Aza y a D. José Antonio Martínez Álvarez, cuyas circunstancias personales constan en la comparencia, para que cualquiera de ellos pueda comparecer, indistintamente, ante Notario de su elección si fuere necesario el otorgamiento de escrituras públicas de aclaración o complemento de la presente, hasta obtener la definitiva inscripción de la Fundación en los registros correspondientes para cuya gestión se apodera igualmente en los más amplios términos a los Señores Adolfo Barthe Aza y D. José Antonio Martínez Álvarez.

Así lo dicen y otorgan los señores comparecientes a quienes hice de palabra las reservas y advertencias legales, especialmente las que se refieren a la vigente Legislación Fiscal.

Leen íntegramente esta escritura a su elección la aprueban y firman.

Y yo, el Notario, doy fe de conocerles de que todos dicen conocerse entre sí y de todo lo demás contenido en esta escritura pública extendida en cuatro pliegos de la clase séptima, número: 1F7591613; 1F7591614; 1F7591618; y el presente e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 4.776 general, 3.954 de la Sección 3ª del Libro de Sociedades, folio 248, hoja número 22.142, inscripción 36ª.

Su número de de Identificación Fiscal es el: A-28308484.

Don Pedro Masaveu, lo hace en nombre y representación, según asegura, de la Compañía Mercantil denominada “BANCA MASAVEU S.A.”, domiciliada en Oviedo, Cimadevilla nº 8 – entresuelo, constituida por tiempo indefinido, constituida con la forma de Regular Colectiva y la denominación de “Masaveu y Compañía”, Sociedad Regular Colectiva (Banca Masaveu), en escritura de fecha 19 de diciembre de 1892, ante D. Cristeto Álvarez Bayón, Notario que de Oviedo, modificada por otras siendo la última la autorizada por el Notario de Oviedo, Sr. Franch Alfaro, el día 2 de marzo de 1978. Su nº de I. F. es: 0-33-00121 e inscrita en el registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 203, Sección 3ª, folio 206, hoja nº 1.298.

Todas las Entidades mencionadas son de nacionalidad española.

Advierto a los señores comparecientes, la necesidad de acreditar dichas representaciones con los documentos pertinentes.

El Magnífico y Excmo. Sr. D. Teodoro López-Cuesta, lo hace en nombre y representación de la Universidad de Oviedo, como Rector de la misma, cargo que me consta por notoriedad ejerce en la actualidad.

El Excmo. Sr. D. Rafael Luis Fernández, interviene como Presidente del Consejo Regional de Asturias, cargo que igualmente me consta por notoriedad ejerce en la actualidad.

El Ilmo. Sr. D. Agustín José Antuña, interviene como Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Oviedo, lo que me consta por notoriedad.

Y los demás señores comparecientes, lo hacen en su propio nombre y derecho.

En los conceptos en que interviene y con las salvedades dichas tienen a mi juicio la capacidad necesaria para otorgar esta escritura de CARTA FUNDACIONAL DE LA FUNDACIÓN “PRINCIPADO DE ASTURIAS”, que autorizo con arreglo al artículo 164 del Reglamento Notarial, a cuyo efecto,

EXPONEN

(Firmas)

DOCUMENTOS UNIDOS:

I.

EL JEFE DE LA CASA DE S.M. EL REY.

SU MAJESTAD EL REY, accediendo a la petición que tan amablemente Le ha sido formulada, ha tenido a bien aceptar para Su hijo S.A.R. el Príncipe de Asturias, la PRESIDENCIA DE HONOR de la FUNDACIÓN PRINCIPADO DE ASTURIAS, con sede en OVIEDO. Lo que me complace comunicar a V.E. para conocimiento y efectos.

LA ZARZUELA, 23 de septiembre de 1980.

EL JEFE DE LA CASA DE S.M. EL REY.

(Firma)

EXCMO. SR. PRESIDENTE DE LA FUNDACIÓN PRINCIPADO DE ASTURIAS.

(Firma)

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